Artículo 4.
La Policía Local de cada municipio se integrará en un Cuerpo único sin perjuicio de la organización interna que se adopte por Reglamento.
Título I. De las Policías Locales · Texto consolidado del BOE, actualizado a 18/12/2025
La Policía Local de cada municipio se integrará en un Cuerpo único sin perjuicio de la organización interna que se adopte por Reglamento.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 18/12/2025.
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