Título X de la Ley Orgánica 9/2015: Situaciones administrativas
Artículos 52 a 76 · texto consolidado del BOE, actualizado a 30/04/2026
Los 25 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, cuántas preguntas de los tests lo citan, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale. En los tests de PoliciaOpo hay 3 preguntas sobre los artículos de esta parte.
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Capítulo I. Clases de situaciones administrativas. Servicio activo, servicios especiales y servicio en otras administraciones públicas
- Artículo 52. Clases · 1 pregunta
Los Policías Nacionales se hallarán en alguna de las siguientes situaciones administrativas: a) Servicio activo. b) Servicios especiales. c) Servicio en otras… - Artículo 53. Servicio activo
1. Los Policías Nacionales se hallarán en situación de servicio activo cuando presten servicios en tal condición en los destinos a que se refiere el artículo 46 y no… - Artículo 54. Reingreso al servicio activo
1. El reingreso al servicio activo desde situaciones administrativas que no conlleven reserva de puesto de trabajo se efectuará mediante la participación del Policía… - Artículo 55. Servicios especiales
1. Serán declarados en situación de servicios especiales cuando: a) Sean designados miembros del Gobierno o de los órganos de gobierno de las comunidades autónomas o de… - Artículo 56. Servicio en otras administraciones públicas
1. Los Policías Nacionales que, en virtud de los procesos de transferencias o por los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, obtengan destino en una…
Capítulo II. Excedencias
- Artículo 57. Modalidades de excedencia
La excedencia podrá adoptar las siguientes modalidades: a) Excedencia voluntaria por interés particular. b) Excedencia voluntaria por agrupación familiar. c) Excedencia… - Artículo 58. Excedencia voluntaria por interés particular
1. Los Policías Nacionales podrán obtener la excedencia voluntaria por interés particular cuando hayan estado en las situaciones de servicio activo o servicios… - Artículo 59. Excedencia voluntaria por agrupación familiar
1. Los Policías Nacionales cuyo cónyuge resida en otra localidad por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo de carácter definitivo como funcionario de… - Artículo 60. Excedencia por cuidado de familiares
1. Los Policías Nacionales tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por… - Artículo 61. Excedencia por razón de violencia de género
1. Las funcionarias víctimas de violencia de género, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, tendrán derecho a solicitar la… - Artículo 62. Excedencia voluntaria por prestación de servicio en el sector público
1. Los Policías Nacionales serán declarados en excedencia voluntaria por prestación de servicio en el sector público cuando se encuentren en servicio activo en otro…
Capítulo III. Suspensión de funciones
- Artículo 63. Suspensión de funciones
La suspensión de funciones, que puede ser firme o provisional, supone privar al funcionario del ejercicio de sus funciones durante el tiempo de permanencia en la misma… - Artículo 64. Suspensión firme
1. La suspensión firme se impondrá en virtud de sentencia firme dictada en causa criminal o de sanción disciplinaria también firme. Cuando supere los seis meses… - Artículo 65. Suspensión provisional · 1 pregunta
1. La suspensión provisional se podrá acordar por la incoación de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave o como consecuencia del procesamiento…
Capítulo IV. Segunda actividad
- Artículo 66. Situación de segunda actividad
1. La segunda actividad tiene por objeto garantizar una adecuada aptitud psicofísica de los Policías Nacionales para el desempeño de las funciones propias de su puesto… - Artículo 67. Causas
Los funcionarios de la Policía Nacional podrán pasar a la situación de segunda actividad por las siguientes causas: a) Por insuficiencia de las aptitudes psicofísicas… - Artículo 68. Pase a segunda actividad por insuficiencia de las aptitudes psicofísicas
1. Pasarán a la situación de segunda actividad los funcionarios que presenten una insuficiencia de las aptitudes psicofísicas para el desempeño de los cometidos… - Artículo 69. Pase a segunda actividad por petición propia · 1 pregunta
1. Pasarán a la situación de segunda actividad los Policías Nacionales que, por petición propia hubieran solicitado ingresar en dicha situación, a partir del… - Artículo 70. Reingreso al servicio activo desde la situación de segunda actividad
Los Policías Nacionales que hubieren pasado a la situación de segunda actividad por insuficiencia de las aptitudes psicofísicas, podrán reingresar al servicio activo, a… - Artículo 71. Pase a otras situaciones desde segunda actividad
Los Policías Nacionales en situación de segunda actividad podrán pasar a otra situación administrativa, siempre que reúnan los requisitos exigidos para el acceso a la… - Artículo 72. Competencia para resolver
Los procedimientos a que se refieren los artículos anteriores se resolverán por el Director General de la Policía, y sus resoluciones pondrán fin a la vía administrativa. - Artículo 73. Retribuciones en la situación de segunda actividad
1. Los Policías Nacionales en la situación de segunda actividad percibirán en su totalidad las retribuciones básicas que correspondan a la antigüedad que se posea y a… - Artículo 74. Peculiaridades retributivas
1. Los Policías Nacionales que pasen a la situación de segunda actividad en virtud de lo establecido en el artículo 69.1 y no cuenten en total con veinte años efectivos… - Artículo 75. Trienios y derechos pasivos
El tiempo transcurrido en la situación de segunda actividad será computable a efectos de perfeccionamiento de trienios y de derechos pasivos. - Artículo 76. Régimen disciplinario
Los Policías Nacionales en situación de segunda actividad estarán sometidos al régimen disciplinario general de la función pública.
Otras partes de la Ley Orgánica 9/2015
- Título preliminar
- Título I
- Título III
- Título IV
- Título VI
- Título VII
- Título VIII
- Título IX
- Título XI
- Título XII
- Título XIII
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