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Tema 1: La Constitución: estructura, principios y derechos fundamentales

Policia Local de Catalunya · categoría de agent

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Epígrafe oficial

Terrassa 2026, tema 1: «La Constitució espanyola de 1978 (I): Estructura i principis generals. Títol I Drets i deures fonamentals.» (igual en Barcelona 2025, tema 1; Sabadell 2025, tema 1; Berga 2026, temas 1-2; Constantí 2026, temas 1-2)

Resumen

La Constitución Española de 1978 (texto consolidado del BOE, BOE-A-1978-31229) se aprobó en referéndum el 6 de diciembre de 1978 y entró en vigor el 29 de diciembre de ese año. Tiene un preámbulo, 169 artículos repartidos en un título preliminar y diez títulos, cuatro disposiciones adicionales, nueve transitorias, una derogatoria y una final. Se ha reformado cuatro veces: en 1992 (art. 13.2, sufragio pasivo de extranjeros en elecciones municipales), en 2011 (art. 135, estabilidad presupuestaria), en 2024 (art. 49, personas con discapacidad) y en 2026 (art. 69.3). Las bases de Terrassa 2026, Barcelona 2025, Sabadell 2025, Berga 2026 y Constantí 2026 piden su estructura, sus principios generales y el título I, de los derechos y deberes fundamentales.

El título preliminar recoge los principios generales. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político; la soberanía nacional reside en el pueblo español y la forma política es la Monarquía parlamentaria (art. 1). La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española y reconoce el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones y la solidaridad entre ellas (art. 2). El castellano es la lengua oficial del Estado, que todos tienen el deber de conocer y el derecho a usar, y las demás lenguas españolas son también oficiales en sus comunidades según sus Estatutos (art. 3): en Cataluña, el catalán y el aranés.

El art. 9 sujeta a ciudadanos y poderes públicos a la Constitución y al resto del ordenamiento (9.1), encarga a los poderes públicos hacer reales y efectivas la libertad y la igualdad (9.2) y garantiza los principios de legalidad, jerarquía normativa, publicidad de las normas, irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos, seguridad jurídica, responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (9.3). Otros artículos del título preliminar regulan la bandera (art. 4), la capital (art. 5), los partidos, sindicatos y asociaciones empresariales (arts. 6-7) y las Fuerzas Armadas (art. 8).

El título I, «De los derechos y deberes fundamentales» (arts. 10-55), se abre con el art. 10: la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad y el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social, y los derechos fundamentales se interpretan conforme a la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados ratificados por España. Se divide en cinco capítulos: españoles y extranjeros (arts. 11-13); derechos y libertades (arts. 14-38, con la sección 1.ª de derechos fundamentales y libertades públicas, arts. 15-29, y la sección 2.ª de derechos y deberes de los ciudadanos, arts. 30-38); principios rectores de la política social y económica (arts. 39-52); garantías (arts. 53-54) y suspensión (art. 55).

Capítulo I: la nacionalidad se adquiere, conserva y pierde según la ley, y ningún español de origen puede ser privado de ella (art. 11). Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años (art. 12). Los extranjeros gozan de las libertades públicas del título I en los términos de los tratados y la ley; solo los españoles tienen los derechos del art. 23, salvo el sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales por reciprocidad; la extradición excluye los delitos políticos, sin considerar como tales los de terrorismo (art. 13).

El art. 14 proclama que los españoles son iguales ante la ley, sin discriminación por nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La sección 1.ª empieza con el derecho a la vida y a la integridad física y moral, la prohibición de la tortura y de las penas o tratos inhumanos o degradantes y la abolición de la pena de muerte, salvo lo que dispongan las leyes penales militares para tiempos de guerra (art. 15). Siguen la libertad ideológica y religiosa (art. 16), la libertad y seguridad personal y las garantías del detenido (art. 17), el honor, la intimidad, la inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones (art. 18), la libre residencia y circulación (art. 19) y las libertades de expresión e información, sin censura previa (art. 20).

La sección 1.ª continúa con los derechos de reunión pacífica y sin armas (art. 21), asociación (art. 22), participación y acceso a funciones públicas (art. 23), tutela judicial efectiva (art. 24), legalidad penal (art. 25), prohibición de tribunales de honor (art. 26), educación (art. 27), sindicación y huelga (art. 28) y petición (art. 29). La sección 2.ª incluye el derecho y el deber de defender a España y los deberes en casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública (art. 30), el deber de contribuir a los gastos públicos (art. 31), el matrimonio (art. 32), la propiedad privada y la herencia (art. 33), el derecho de fundación (art. 34), el deber y el derecho al trabajo (art. 35) y la libertad de empresa (art. 38).

Los principios rectores (capítulo III) guían la política social y económica: protección de la familia y de los hijos (art. 39), salud (art. 43), cultura (art. 44), medio ambiente (art. 45), vivienda (art. 47), juventud (art. 48), personas con discapacidad (art. 49, reformado en 2024 para hablar de «personas con discapacidad» en lugar de «disminuidos»), tercera edad (art. 50) y consumidores (art. 51), entre otros.

Las garantías (capítulo IV) establecen que los derechos del capítulo II vinculan a todos los poderes públicos y solo por ley, que respete su contenido esencial, puede regularse su ejercicio (art. 53.1). Los del art. 14 y la sección 1.ª se protegen ante los tribunales ordinarios por un procedimiento preferente y sumario y, en su caso, por el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, aplicable también a la objeción de conciencia del art. 30 (art. 53.2). Los principios rectores informan la legislación, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos, y solo se pueden alegar ante los jueces según las leyes que los desarrollen (art. 53.3). El Defensor del Pueblo es el alto comisionado de las Cortes Generales para la defensa de estos derechos (art. 54).

Por último, el art. 55 regula la suspensión. En los estados de excepción o de sitio pueden suspenderse los derechos de los arts. 17, 18.2 y 18.3, 19, 20.1.a) y d) y 20.5, 21, 28.2 y 37.2; en el estado de excepción no se suspende el art. 17.3 (derechos del detenido). Además, una ley orgánica puede suspender de forma individual, con intervención judicial y control parlamentario, los derechos de los arts. 17.2 y 18.2 y 18.3 a personas investigadas por bandas armadas o elementos terroristas; su uso injustificado o abusivo genera responsabilidad penal (art. 55.2).

Claves para el examen

Truco

Para los valores superiores del art. 1.1 recuerda «LI-JU-IGUAL-PLU»: LIbertad, JUsticia, IGUALdad y PLUralismo político. Y para el art. 9.3, los ocho principios con «Le-Je-Pu-Irre-Se-Res-In»: LEgalidad, JErarquía, PUblicidad, IRREtroactividad, SEguridad jurídica, RESponsabilidad e INterdicción de la arbitrariedad.

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Preguntas de ejemplo del tema 1

Tres de las 25 preguntas del test de este tema, con su explicación:

  1. Según el artículo 1.1 de la Constitución, ¿cuál de estos NO es uno de los valores superiores del ordenamiento jurídico?

    1. La seguridad
    2. La justicia
    3. La igualdad
    4. El pluralismo político
    Ver la respuesta

    a) La seguridad. Art. 1.1 CE: los valores superiores son la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. La seguridad no figura entre ellos.

  2. ¿Cuál de estas causas de discriminación cita expresamente el artículo 14 de la Constitución?

    1. La opinión
    2. La estatura
    3. El oficio
    4. El domicilio
    Ver la respuesta

    a) La opinión. Art. 14 CE: nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

  3. Según el artículo 55.2 de la Constitución, la suspensión individual de derechos para investigaciones sobre bandas armadas o terrorismo requiere:

    1. Intervención judicial y control parlamentario
    2. Solo una orden verbal del ministro del Interior
    3. La declaración previa del estado de sitio
    4. El acuerdo de todos los grupos de la Cámara
    Ver la respuesta

    a) Intervención judicial y control parlamentario. Art. 55.2 CE: una ley orgánica puede regularla, de forma individual y con la necesaria intervención judicial y el adecuado control parlamentario, para los derechos de los arts. 17.2 y 18.2 y 3.

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