Capítulo IV de la Ley 17/2015: Políticas públicas para la promoción de la igualdad efectiva de mujeres y hombres
Artículos 18 a 56 · texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025
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Sección primera. Participación política y social de las mujeres
- Artículo 18. Políticas y actuaciones de los poderes públicos
1. Las políticas y actuaciones de los poderes públicos deben hacer visibles y reconocer los grupos y entidades de defensa de los derechos de las mujeres, apoyarlos e… - Artículo 19. Participación política de mujeres y hombres
1. Los poderes públicos deben procurar atenerse al principio de presencia paritaria de mujeres y hombres en el reparto del poder político, y fomentar la participación… - Artículo 20. Participación social de las mujeres
1. Los poderes públicos deben adoptar acciones positivas específicas temporales, razonables y proporcionadas con relación al objetivo perseguido en cada caso, que…
Sección segunda. Educación, cultura y conocimiento
- Artículo 21. Coeducación
1. La Administración educativa, para hacer efectivo el principio de coeducación y fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres que establecen los artículos… - Artículo 22. Educación en el tiempo libre
1. Las administraciones públicas de Cataluña con competencias en el ámbito de la educación en el tiempo libre deben fomentar la coeducación en las entidades e… - Artículo 23. Juegos y juguetes
Las administraciones públicas de Cataluña con competencias en materia de juegos y juguetes deben emprender cuantas acciones sean necesarias para: a) Sensibilizar e… - Artículo 24. Manifestaciones culturales
Corresponde a las administraciones públicas de Cataluña llevar a cabo las siguientes actuaciones: a) Adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de las… - Artículo 25. Medios de comunicación y tecnologías de la información y la comunicación
1. Los medios de comunicación audiovisual de la Generalidad y de los entes locales de Cataluña, los que ejercen su actividad al amparo de una licencia otorgada por el… - Artículo 26. Sociedad de la información y del conocimiento
1. Los poderes públicos de Cataluña deben promover acciones para favorecer la implantación de las nuevas tecnologías a partir de criterios de igualdad, y deben fomentar… - Artículo 27. Acceso de las mujeres a las tecnologías de la información y la comunicación
1. Los poderes públicos, de forma específica, deben facilitar el acceso de las mujeres y de las entidades que defienden los derechos de las mujeres en el uso de las… - Artículo 28. Universidades e investigación
1. La educación en valores a que se refiere el artículo 5 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña, debe incluir necesariamente: a) La promoción… - Artículo 29. Formación en el ámbito de las asociaciones y colegios profesionales
La Administración de la Generalidad debe impulsar cursos de formación de carácter general y específico destinados a las asociaciones profesionales, colegios… - Artículo 30. Deportes
1. Las políticas deportivas deben planificarse de acuerdo con lo establecido por el artículo 1 y, en concreto, deben: a) Garantizar la igualdad efectiva de mujeres y… - Artículo 31. Valor económico del trabajo doméstico y de cuidado de personas
1. La Generalidad debe realizar, periódicamente, estimaciones del valor económico del trabajo doméstico y de cuidado de niños y de personas mayores o dependientes…
Sección tercera. Trabajo, empleo y empresa
- Artículo 32. Promoción de la igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres en el ámbito laboral
1. Para promover la igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres en el ámbito laboral, los poderes públicos deben: a) Mejorar la empleabilidad y el empleo… - Artículo 34. Plan de acción de apoyo a las empresas destinado al fomento de la igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres en el trabajo
1. El Gobierno, a propuesta del departamento competente en materia de empresa y empleo, debe elaborar, con carácter cuatrienal, un plan de acción de apoyo a las… - Artículo 35. Distintivo catalán de excelencia empresarial en materia de igualdad efectiva de mujeres y hombres en el trabajo
1. Se crea el distintivo catalán de excelencia empresarial en materia de igualdad efectiva de mujeres y hombres en el trabajo para reconocer a las empresas que… - Artículo 36. Planes de igualdad en las empresas
1. (Anulado). 2. Los poderes públicos deben favorecer la elaboración e implantación de planes de igualdad en las empresas no incluidas en el apartado 1. 3. (Anulado).… - Artículo 37. Cualificaciones profesionales
Las administraciones públicas de Cataluña, en el ámbito de sus competencias, deben: a) Asegurar la incorporación de la perspectiva de género en el catálogo de… - Artículo 38. Promoción de medidas de igualdad efectiva en los convenios colectivos
El Consejo de Relaciones Laborales, mediante la Comisión de Convenios Colectivos de Cataluña, debe analizar y evaluar periódicamente el contenido de los convenios… - Artículo 39. Responsable sindical de igualdad
1 a 3. (Anulados). 4. La Administración pública debe facilitar programas de apoyo a la formación sindical para la negociación colectiva con perspectiva de género. - Artículo 40. Presencia de mujeres y hombres en la negociación colectiva
1. Las organizaciones empresariales y sindicales, así como los órganos de representación del personal en la empresa, deben promover una representación paritaria de… - Artículo 41. Incorporación de la perspectiva de género en los expedientes de regulación de empleo
1. La Administración de la Generalidad debe velar por el respeto del derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo en los expedientes de regulación… - Artículo 42. Incorporación de la perspectiva de género en las actuaciones de la Inspección de Trabajo
1. La Inspección de Trabajo de Cataluña ha de incorporar la perspectiva de género en sus actividades, garantizando la formación adecuada de su personal y la realización… - Artículo 43. Inclusión de la perspectiva de género en los programas de seguridad y salud laboral
1. Para hacer efectivo el principio primero del artículo 3, el departamento competente en materia de seguridad y salud laboral, con la colaboración de los diversos… - Artículo 45. Impulso y promoción de acciones de la economía social, trabajo autónomo y emprendimiento de las mujeres
En aplicación del principio primero del artículo 3, son obligaciones de las administraciones públicas de Cataluña: a) Prestar especial atención a las trabajadoras…
Sección cuarta. Políticas sociales
- Artículo 46. Acciones sobre los usos del tiempo
En aplicación de los principios segundo y cuarto del artículo 3, la Administración competente debe llevar a cabo las siguientes acciones: a) Analizar las desigualdades… - Artículo 47. Políticas de bienestar social y familia
Para hacer efectivo los principios primero y sexto del artículo 3 en el ámbito de las políticas de bienestar social, es obligación de las administraciones públicas: a)… - Artículo 48. Políticas de salud y servicios
1. Las administraciones públicas de Cataluña competentes en materia sanitaria, en el ámbito de sus respectivas competencias, deben tomar las medidas necesarias para: a)… - Artículo 49. Investigación en ciencias de la salud
1. Las administraciones públicas de Cataluña competentes en materia sanitaria, en el ámbito de sus respectivas competencias, deben garantizar la realización de… - Artículo 50. Empoderamiento de las mujeres del mundo rural
1. La Administración de la Generalidad ha de poner en valor la función de las mujeres como eje estratégico para el desarrollo rural. En este sentido, debe: a) Velar por… - Artículo 51. Cooperación al desarrollo y fomento de la paz
1. Las políticas de cooperación al desarrollo y de fomento de la paz, los planes, los documentos de planificación, seguimiento y evaluación estratégicos, los procesos… - Artículo 52. Trata, explotación sexual y prostitución
1. El Gobierno debe crear programas de asesoramiento para las mujeres que han sido víctimas de trata o explotación sexual y realizar un trato integral de los mismos con…
Sección quinta. Medio ambiente, urbanismo, vivienda y movilidad
- Artículo 53. Planificación de las políticas de medio ambiente, urbanismo, vivienda y movilidad
1. Para hacer efectivos los principios a que se refiere el artículo 3, las políticas de medio ambiente, urbanismo, vivienda y movilidad deben: a) Incorporar la…
Sección sexta. Justicia y seguridad
- Artículo 54. Justicia
1. Los servicios y centros de ejecución penal deben incorporar la perspectiva de género en sus programas de tratamiento, rehabilitación e inserción sociolaboral de… - Artículo 55. Seguridad · 1 pregunta
1. Para hacer efectivos los principios primero y sexto del artículo 3, el departamento competente en materia de seguridad debe: a) Tener en cuenta la distinta…
Sección séptima. Estadísticas y estudios
- Artículo 56. Adecuación de estadísticas y estudios
Las administraciones públicas de Cataluña, para garantizar la integración efectiva de la transversalidad en la perspectiva de género, deben: a) Incluir sistemáticamente…
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