Tema 17: Estructura del Departamento de Seguridad (Decreto 318/2024)
Policía Local del País Vasco · Agente de la Escala Básica (Udaltzaina)
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Decreto 318/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad.
Resumen
El Decreto 318/2024, de 29 de octubre, publicado en el BOPV núm. 219, de 11 de noviembre de 2024, establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco. Entró en vigor el día siguiente al de su publicación (disposición final) y derogó el Decreto 6/2021, de 19 de enero, que regulaba la estructura anterior (disposición derogatoria). La web de legislación de euskadi.eus lo da por vigente a 2 de octubre de 2026. Su marco es el Decreto 18/2024, de 23 de junio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los departamentos, cuyo art. 11 fija las áreas de actuación del Departamento.
Áreas de actuación (art. 1): policía de la Comunidad Autónoma; seguridad ciudadana; administración electoral; protección civil y atención de emergencias; tráfico y seguridad vial; juego, apuestas y espectáculos; transmisiones y comunicaciones en materia de seguridad; parque móvil policial; meteorología; dirección de las entidades del sector público adscritas, y las demás que le atribuyan las leyes y los reglamentos.
Órganos (art. 2). Son órganos centrales el Consejero o Consejera; las Direcciones de Gabinete y Comunicación y de Gestión Económica, que dependen directamente de él; la Viceconsejería de Seguridad, con las Direcciones de Recursos Generales, Coordinación de Seguridad, Recursos Humanos y de la Ertzaintza, y la Viceconsejería de Protección Civil, con las Direcciones de Atención de Emergencias y Meteorología, Juego y Espectáculos, Tráfico, Gestión de Telecomunicaciones y Sistemas Informáticos y Régimen Jurídico, Servicios y Procesos Electorales. Son órganos periféricos las oficinas territoriales de tráfico y de juego y espectáculos. Hay además una larga lista de órganos colegiados adscritos o vinculados, entre ellos el Consejo de Seguridad Pública de Euskadi, el Consejo de la Ertzaintza, la Comisión de Coordinación de las Policías Locales del País Vasco, la Comisión de Videovigilancia y Libertades y la Comisión de Control y Transparencia de la Policía del País Vasco. Por orden del Consejero pueden crearse unidades inferiores y equipos de trabajo horizontales.
Entidades adscritas (art. 3): el organismo autónomo Academia Vasca de Policía y Emergencias, a través de la Viceconsejería de Seguridad (Ley 15/2012); el ente público de derecho privado Agencia Vasca de Ciberseguridad, a través de la Viceconsejería de Protección Civil (Ley 7/2023), y la sociedad pública Euskalmet-Agencia Vasca de Meteorología, S.A., a través de la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología.
El Consejero o Consejera (art. 4) ejerce las facultades de los arts. 26 y 28 de la Ley 7/1981, de Gobierno, y además dirige las políticas del Departamento, propone el Plan General de Seguridad Pública, los planes de protección civil y el Plan de Seguridad Vial de Euskadi, aprueba las relaciones de puestos de trabajo del personal funcionario de la Ertzaintza, declara el acto de servicio, concede las medallas al mérito policial con distintivo rojo y azul, impone la separación del servicio, sanciona las infracciones muy graves contra la violencia en el deporte con multa superior a 360.000 euros, resuelve la responsabilidad patrimonial y resuelve la revisión de oficio y la lesividad. Los viceconsejeros (art. 5) dependen directa y jerárquicamente de él, y cada dirección tiene al frente un director o directora con funciones comunes (art. 6). La Dirección de Gabinete y Comunicación (art. 7) asiste al Consejero, dirige la Unidad de Igualdad y lleva la comunicación, y la Dirección de Gestión Económica (art. 8) elabora el presupuesto y autoriza los gastos.
Viceconsejería de Seguridad (art. 9): protección de personas y bienes, seguridad ciudadana, coordinación de policías locales, seguridad privada y recursos humanos de la Ertzaintza. Bajo la superior dirección del Consejero, ejerce el mando directo de la Ertzaintza, dicta instrucciones sobre el servicio policial, concede las medallas con distintivo verde o blanco y ejerce la potestad disciplinaria. Es órgano de contratación cuando el importe supera 300.000 euros. Como autoridad de seguridad pública elabora el Plan General de Seguridad Pública, autoriza los convenios entre municipios del art. 48 de la Ley 15/2012, autoriza las videocámaras de la Policía del País Vasco (Decreto 168/1998) y dirige el Centro de Elaboración de Datos de la Policía de Euskadi (CEDPE). Tiene adscrito, sin integrarse en su jerarquía, al delegado o delegada de protección de datos del Sistema de Información Policial, nombrado por el Consejo de Gobierno por 6 años prorrogables.
Direcciones de la Viceconsejería de Seguridad. Recursos Generales (art. 10): contratación hasta 300.000 euros, patrimonio, infraestructuras y parque móvil. Coordinación de Seguridad (art. 11): gestiona el CEDPE, tramita los expedientes sancionadores de seguridad ciudadana y privada y, para la policía local, ejerce la coordinación del art. 38.b de la Ley 15/2012, confecciona los documentos de acreditación profesional, gestiona el registro de policías locales de Euskadi, tramita las autorizaciones para crear cuerpos de policía local y colabora con la Academia en la selección y formación. Recursos Humanos (art. 12): régimen estatutario y negociación colectiva de la Ertzaintza, servicio de prevención propio y asistencia letrada a sus miembros. Dirección de la Ertzaintza (art. 13): mando de la Jefatura y unidades, policía judicial, derechos de reunión y manifestación, multas de seguridad ciudadana de hasta 30.000 euros, Registro de Seguridad Privada de Euskadi y comunicaciones de vuelos de drones.
Viceconsejería de Protección Civil (art. 14): protección civil y emergencias, meteorología, tráfico y seguridad vial, juego y espectáculos, actuaciones jurídicas, personal y servicios comunes y procesos electorales. Sanciona las infracciones muy graves contra la violencia en el deporte con multa de hasta 360.000 euros y coordina la Unidad de Euskera del Departamento. La Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología (art. 15) elabora los planes de protección civil y el mapa de riesgos, gestiona el Centro de Coordinación de Emergencias de Euskadi y el teléfono 1-1-2 y coordina a Euskalmet. La Dirección de Juego y Espectáculos (art. 16) es la autoridad reguladora del juego y sanciona las infracciones leves y graves contra la violencia en el deporte; sus responsables territoriales autorizan espectáculos salvo si el aforo supera 10.000 personas o son taurinos generales.
La Dirección de Tráfico (art. 17) elabora y gestiona las políticas de seguridad vial: autoriza transportes especiales y pruebas deportivas en vías interurbanas, autoriza e inspecciona las escuelas particulares de conductores y ejerce la potestad sancionadora a través de las oficinas territoriales de tráfico y del Centro Automatizado de Tramitación de Infracciones de Tráfico (CATIT). Gestiona el Centro de Gestión de Tráfico y el Registro de víctimas de accidentes de tráfico de Euskadi, y cuenta con el apoyo de la Ertzaintza. La Dirección de Gestión de Telecomunicaciones y Sistemas Informáticos (art. 18) gestiona la Red Oficial de Comunicaciones de Seguridad y la plataforma de vídeo policial. La Dirección de Régimen Jurídico, Servicios y Procesos Electorales (art. 19) lleva el programa normativo, la asesoría jurídica, la tramitación de la lesividad, la revisión de oficio y la responsabilidad patrimonial, la gestión del personal del Departamento que no es de la Ertzaintza ni de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad y las elecciones al Parlamento Vasco, referendos y consultas.
Disposiciones adicionales. En la suplencia (primera), las viceconsejerías las suple el titular del Departamento o quien este designe, y las direcciones, el viceconsejero respectivo o el director que designe. Los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad (segunda) hacen las tareas auxiliares y burocráticas que no estén atribuidas legalmente a la Ertzaintza, y la sede de los órganos directivos está en Vitoria-Gasteiz. La tercera asigna a varias direcciones el apoyo de unidades de la Ertzaintza (por ejemplo, las Unidades Territoriales de Tráfico a la Dirección de Tráfico). Para la policía local, el tema importa sobre todo por la Dirección de Coordinación de Seguridad, la Comisión de Coordinación de las Policías Locales y la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
Claves para el examen
- Decreto 318/2024, de 29 de octubre (BOPV núm. 219, de 11/11/2024); deroga el Decreto 6/2021.
- Dos viceconsejerías: Seguridad y Protección Civil (art. 2).
- Dependen del Consejero: Gabinete y Comunicación, y Gestión Económica (arts. 7 y 8).
- Periféricos: oficinas territoriales de tráfico y de juego y espectáculos (art. 2).
- AVPE adscrita por la Viceconsejería de Seguridad; Ciberseguridad por la de Protección Civil (art. 3).
- Consejero: aprueba la RPT de la Ertzaintza, medallas rojo y azul, separación del servicio (art. 4).
- Viceconsejería de Seguridad: mando directo de la Ertzaintza y medallas verde o blanco (art. 9).
- Contratación: más de 300.000 euros, Viceconsejería de Seguridad; hasta 300.000, Recursos Generales (arts. 9 y 10).
- Videocámaras de la Policía del País Vasco: las autoriza la Viceconsejería de Seguridad (art. 9).
- Delegado de protección de datos del Sistema de Información Policial: 6 años prorrogables (art. 9).
- Registro de policías locales y acreditación profesional: Dirección de Coordinación de Seguridad (art. 11).
- Dirección de la Ertzaintza: multas de seguridad ciudadana hasta 30.000 euros y Registro de Seguridad Privada (art. 13).
- Centro de Coordinación de Emergencias y 1-1-2: Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología (art. 15).
- Tráfico sanciona por oficinas territoriales y el CATIT (art. 17).
- Elecciones al Parlamento Vasco: Dirección de Régimen Jurídico, Servicios y Procesos Electorales (art. 19).
Truco
Para repartir las cuatro direcciones de la Viceconsejería de Seguridad piensa en ERCO: Ertzaintza, Recursos Humanos, Recursos Generales y COordinación de Seguridad. Las cinco de Protección Civil son las del día a día de la calle y la oficina: Emergencias y Meteorología, Tráfico, Juego y Espectáculos, Telecomunicaciones y Régimen Jurídico (con las elecciones). Y en medallas al mérito policial, de más a menos: rojo y azul las da el Consejero; verde o blanco, la Viceconsejería de Seguridad.
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