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Tema 2: Derechos y deberes fundamentales

Policía Local de las Illes Balears · categoría de policía

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Epígrafe oficial

Constitución Española de 1978. Derechos y deberes fundamentales.

Resumen

El título I de la Constitución, «De los derechos y deberes fundamentales» (arts. 10-55), empieza con el art. 10. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social (art. 10.1). Las normas sobre derechos fundamentales se interpretan conforme a la Declaración Universal de Derechos Humanos y a los tratados internacionales ratificados por España (art. 10.2). El título se divide en cinco capítulos: españoles y extranjeros (arts. 11-13); derechos y libertades (arts. 14-38, con la sección 1.ª, «De los derechos fundamentales y de las libertades públicas», arts. 15-29, y la sección 2.ª, «De los derechos y deberes de los ciudadanos», arts. 30-38); principios rectores de la política social y económica (arts. 39-52); garantías (arts. 53-54); y suspensión (art. 55).

Capítulo I. La nacionalidad se adquiere, se conserva y se pierde según la ley, y ningún español de origen puede ser privado de ella (art. 11). Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años (art. 12). Los extranjeros gozan de las libertades públicas del título I en los términos de los tratados y la ley (art. 13.1). Solo los españoles son titulares de los derechos del art. 23 (participación y acceso a cargos públicos), salvo el sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales, que puede reconocerse por tratado o ley atendiendo a la reciprocidad (art. 13.2, reformado en 1992). La extradición solo se concede en cumplimiento de un tratado o de la ley, y quedan excluidos los delitos políticos, sin considerar tales los actos de terrorismo (art. 13.3).

Igualdad, vida y libertad ideológica. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación por nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social (art. 14). Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin torturas ni penas o tratos inhumanos o degradantes, y queda abolida la pena de muerte, salvo lo que dispongan las leyes penales militares para tiempos de guerra (art. 15). Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto, con el único límite del orden público protegido por la ley. Nadie puede ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias, y ninguna confesión tiene carácter estatal (art. 16).

Libertad y seguridad (art. 17). La detención preventiva no puede durar más del tiempo estrictamente necesario para las averiguaciones y, como máximo, setenta y dos horas: después, el detenido debe quedar en libertad o a disposición judicial. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata y comprensible de sus derechos y de las razones de la detención, no puede ser obligada a declarar y tiene garantizada la asistencia de abogado en las diligencias policiales y judiciales. El procedimiento de habeas corpus produce la inmediata puesta a disposición judicial de quien esté detenido ilegalmente. El art. 18 garantiza el honor, la intimidad y la propia imagen. Ninguna entrada o registro en un domicilio puede hacerse sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. El secreto de las comunicaciones solo cede ante resolución judicial.

Otras libertades de la sección 1.ª. Los españoles pueden elegir libremente su residencia y circular por el territorio nacional (art. 19). Las libertades de expresión, producción y creación, cátedra e información no pueden restringirse con censura previa, y solo un juez puede acordar el secuestro de publicaciones (art. 20). La reunión pacífica y sin armas no necesita autorización previa. Las reuniones en lugares de tránsito público y las manifestaciones se comunican antes a la autoridad, que solo puede prohibirlas cuando hay razones fundadas de alteración del orden público con peligro para personas o bienes (art. 21). En el derecho de asociación (art. 22), son ilegales las asociaciones que persiguen fines o usan medios tipificados como delito. La inscripción en un registro es a los solos efectos de publicidad. Solo una resolución judicial motivada puede disolverlas o suspenderlas, y se prohíben las secretas y las paramilitares.

Participación y garantías jurídicas. El art. 23 reconoce el derecho a participar en los asuntos públicos y a acceder en condiciones de igualdad a funciones y cargos públicos. El art. 24 da a todos la tutela efectiva de jueces y tribunales sin indefensión, el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y asistencia de letrado, a no declarar contra sí mismos y a la presunción de inocencia. El art. 25 recoge la legalidad sancionadora: nadie puede ser condenado o sancionado por lo que no era delito o infracción cuando se hizo. Las penas privativas de libertad se orientan a la reeducación y reinserción social, y la Administración civil no puede imponer sanciones que impliquen privación de libertad. Se prohíben los Tribunales de Honor en la Administración civil y en las organizaciones profesionales (art. 26).

Cierran la sección 1.ª la educación y la libertad de enseñanza (art. 27), la libertad sindical y la huelga (art. 28) y la petición (art. 29). La ley puede limitar o exceptuar la sindicación de las Fuerzas o Institutos armados y de los Cuerpos sometidos a disciplina militar. La huelga se reconoce a los trabajadores con garantías para mantener los servicios esenciales. Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de Cuerpos con disciplina militar solo pueden ejercer el derecho de petición individualmente.

Sección 2.ª, derechos y deberes de los ciudadanos (arts. 30-38). Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España, y la ley regula la objeción de conciencia y los deberes de los ciudadanos en caso de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública (art. 30). Todos contribuyen a los gastos públicos según su capacidad económica, con un sistema tributario justo que en ningún caso tendrá alcance confiscatorio (art. 31). Le siguen el matrimonio con plena igualdad jurídica (art. 32), la propiedad privada y la herencia (art. 33), la fundación (art. 34), el deber de trabajar y el derecho al trabajo (art. 35), los colegios profesionales (art. 36), la negociación colectiva y las medidas de conflicto colectivo (art. 37) y la libertad de empresa (art. 38).

Capítulo III, principios rectores de la política social y económica (arts. 39-52): protección de la familia y de los hijos (art. 39), salud (art. 43), cultura (art. 44), medio ambiente (art. 45), patrimonio histórico (art. 46), vivienda digna (art. 47), juventud (art. 48), personas con discapacidad (art. 49), tercera edad (art. 50) y consumidores (art. 51), entre otros. El art. 49 se reformó en 2024. Ahora dice que las personas con discapacidad ejercen los derechos del título I en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas, y pide políticas de plena autonomía personal e inclusión social en entornos universalmente accesibles.

Garantías y suspensión. Los derechos del capítulo II vinculan a todos los poderes públicos y solo una ley que respete su contenido esencial puede regular su ejercicio (art. 53.1). El art. 14 y la sección 1.ª tienen un amparo judicial preferente y sumario y el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que alcanza también a la objeción de conciencia (art. 53.2). Los principios del capítulo III informan la legislación, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos, y solo pueden alegarse ante los jueces según las leyes que los desarrollen (art. 53.3). El Defensor del Pueblo es alto comisionado de las Cortes para defender estos derechos (art. 54). En los estados de excepción o de sitio pueden suspenderse los derechos de los arts. 17, 18.2 y 18.3, 19, 20.1.a) y d) y 20.5, 21, 28.2 y 37.2, salvo el art. 17.3 en el estado de excepción (art. 55.1). Una ley orgánica puede suspender individualmente los arts. 17.2 y 18.2 y 18.3 en investigaciones sobre bandas armadas o terrorismo (art. 55.2).

Claves para el examen

Truco

Para el art. 55.1, los suspendibles con estado de excepción o de sitio: «17-18-19-20-21, 28 y 37». Del 18, solo domicilio y comunicaciones (2 y 3). Del 20, información y expresión (1.a y d) y el secuestro (5). Del 28 y del 37, solo la huelga y el conflicto colectivo (apartado 2). Y recuerda que la garantía del detenido (17.3) aguanta en el estado de excepción.

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Preguntas de ejemplo del tema 2

Tres de las 25 preguntas del test de este tema, con su explicación:

  1. Según el artículo 10.2 de la Constitución, las normas relativas a los derechos fundamentales se interpretarán de conformidad con:

    1. La jurisprudencia del Tribunal Supremo y los reglamentos aprobados por el Gobierno
    2. La Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados ratificados por España
    3. Los Estatutos de Autonomía de las Comunidades Autónomas en las que se apliquen
    4. Las leyes orgánicas aprobadas por las Cortes Generales con posterioridad a 1978
    Ver la respuesta

    b) La Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados ratificados por España. Art. 10.2 CE: se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

  2. Según el artículo 22.4 de la Constitución, las asociaciones solo pueden ser disueltas o suspendidas en sus actividades:

    1. Por resolución del Ministerio del Interior
    2. Por acuerdo del pleno del Ayuntamiento
    3. En virtud de resolución judicial motivada
    4. Por acuerdo del Consejo de Ministros
    Ver la respuesta

    c) En virtud de resolución judicial motivada. Art. 22.4 CE: solo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.

  3. Según el artículo 55.2 de la Constitución, la suspensión individual de los derechos de los artículos 17.2 y 18.2 y 18.3 se prevé para investigaciones sobre:

    1. La actuación de bandas armadas o elementos terroristas
    2. El tráfico de drogas a gran escala por organizaciones
    3. La delincuencia organizada en general y la trata de personas
    4. Los delitos de corrupción política y blanqueo de capitales
    Ver la respuesta

    a) La actuación de bandas armadas o elementos terroristas. Art. 55.2 CE: una ley orgánica puede determinar la forma y los casos en que, individualmente, con intervención judicial y control parlamentario, se suspenden esos derechos en investigaciones sobre bandas armadas o elementos terroristas.

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