Tema 31: Administración pública, urbanismo, patrimonio histórico y medio ambiente
Policía Local de Castilla-La Mancha · categoría de Policía
Estudia el tema 31 y haz su testEpígrafe oficial
Delitos contra la Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.
Resumen
El tema abarca dos títulos del libro II del Código Penal (texto consolidado BOE-A-1995-25444): el título XIX, «Delitos contra la Administración pública» (arts. 404 a 445), y el título XVI, «De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente» (arts. 319 a 340). En ambos casos el sujeto activo de muchos delitos es la autoridad o el funcionario público, en el sentido amplio del art. 24 del Código, que incluye a los agentes de la Policía Local.
Prevaricación y nombramientos ilegales. La autoridad o funcionario que, a sabiendas de su injusticia, dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo es castigado con inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el derecho de sufragio pasivo de nueve a quince años (art. 404). Proponer, nombrar o dar posesión a sabiendas a quien no reúne los requisitos legales se castiga con multa de tres a ocho meses y suspensión de uno a tres años (art. 405), y quien acepta sabiendo que no los reúne tiene la misma multa (art. 406).
Abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos. Abandonar el destino para no impedir o no perseguir delitos de los títulos XXI a XXIV (Constitución, orden público, traición y comunidad internacional) se castiga con prisión de uno a cuatro años e inhabilitación absoluta de seis a diez años; si es para no perseguir otro delito, inhabilitación especial de uno a tres años (art. 407). Dejar intencionadamente de promover la persecución de los delitos de los que se tiene noticia, faltando a la obligación del cargo, se castiga con inhabilitación especial de seis meses a dos años (art. 408), un precepto que afecta directamente a la función policial. El abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público se castiga en el art. 409.
Desobediencia y denegación de auxilio. Negarse abiertamente a cumplir resoluciones judiciales u órdenes de la autoridad superior dictadas en su competencia y con las formalidades legales se castiga con multa de tres a doce meses e inhabilitación especial de seis meses a dos años (art. 410.1), pero no hay responsabilidad si el mandato constituye una infracción manifiesta, clara y terminante de la ley (art. 410.2). No prestar el auxilio debido a la Administración de Justicia u otro servicio público tiene multa y suspensión (art. 412.1), más graves si el requerido es autoridad, jefe de fuerza pública o agente de la autoridad (412.2). Si un particular requiere el auxilio para evitar un delito contra la vida, la abstención se castiga con multa de dieciocho a veinticuatro meses e inhabilitación especial de tres a seis años (412.3).
Documentos y secretos. Sustraer, destruir, inutilizar u ocultar documentos cuya custodia se tiene por razón del cargo se castiga con prisión de uno a cuatro años, multa e inhabilitación especial de tres a seis años (art. 413); destruir los medios que impiden el acceso a documentos restringidos, en el art. 414, y acceder sin autorización a documentos secretos, en el art. 415. Revelar secretos o informaciones conocidos por razón del cargo se castiga con multa e inhabilitación especial, y con prisión de uno a tres años si hay grave daño; si son secretos de un particular, prisión de dos a cuatro años (art. 417). El particular que aprovecha esa información también responde (art. 418).
Cohecho y tráfico de influencias. El cohecho propio, solicitar o recibir dádiva o aceptar promesa para realizar un acto contrario a los deberes del cargo o no realizar o retrasar el debido, se castiga con prisión de tres a seis años, multa e inhabilitación especial de nueve a doce años (art. 419); para realizar un acto propio del cargo, prisión de dos a cuatro años (art. 420); y admitir dádiva o regalo en consideración al cargo, prisión de seis meses a un año y suspensión (art. 422). El particular corruptor tiene las mismas penas de prisión y multa (art. 424), y queda exento si, habiendo accedido ocasionalmente a la solicitud del funcionario, lo denuncia antes de abrirse el procedimiento y dentro de los dos meses siguientes (art. 426). El tráfico de influencias para conseguir una resolución que genere un beneficio económico se castiga con prisión de seis meses a dos años, en su mitad superior si se obtiene el beneficio, tanto si lo comete un funcionario (art. 428) como un particular (art. 429).
Malversación y otros delitos. Tras la LO 14/2022, la autoridad o funcionario que con ánimo de lucro se apropia, o consiente que un tercero se apropie, del patrimonio público a su cargo es castigado con prisión de dos a seis años (art. 432.1); de cuatro a ocho años e inhabilitación absoluta si causa daño grave al servicio, el perjuicio excede de 50.000 euros o se trata de bienes de valor histórico o destinados a aliviar una calamidad (432.2), y de uno a dos años si el perjuicio es inferior a 4.000 euros (432.3). Destinar a usos privados el patrimonio público sin ánimo de apropiárselo se castiga en el art. 432 bis, y si no se reintegra en diez días desde la incoación del proceso se aplican las penas del art. 432. Reparar el perjuicio antes del juicio oral o colaborar eficazmente rebaja la pena uno o dos grados (art. 434). El título se completa con los fraudes y exacciones ilegales (arts. 436-438 bis), las negociaciones prohibidas (arts. 439-442) y la solicitud sexual por funcionario, castigada con prisión de uno a dos años e inhabilitación absoluta de seis a doce años (art. 443.1).
Ordenación del territorio y urbanismo. Los promotores, constructores o técnicos directores que llevan a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en suelos destinados a viales, zonas verdes, bienes de dominio público o lugares de valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural son castigados con prisión de un año y seis meses a cuatro años, multa e inhabilitación especial (art. 319.1); en suelo no urbanizable, con prisión de uno a tres años (319.2). Los jueces pueden ordenar, motivadamente y a cargo del autor, la demolición de la obra y la reposición del terreno, y siempre se decomisan las ganancias (319.3). La autoridad o funcionario que, a sabiendas de su injusticia, informa favorablemente licencias o planes contrarios a la normativa urbanística, silencia infracciones en las inspecciones u omite inspecciones obligatorias es castigado con la pena del art. 404 y prisión de un año y seis meses a cuatro años; igual quien resuelve o vota a favor (art. 320).
Patrimonio histórico y medio ambiente. Derribar o alterar gravemente edificios singularmente protegidos se castiga con prisión de seis meses a tres años (art. 321); dañar bienes de valor histórico, artístico o cultural o yacimientos arqueológicos, o expoliar estos, con prisión de seis meses a tres años o multa (art. 323), y los daños por imprudencia grave de más de 400 euros en archivos, museos o bienes de ese valor, con multa (art. 324). Las emisiones, vertidos, ruidos o depósitos contrarios a la normativa ambiental que puedan causar daños sustanciales al aire, suelo, aguas, animales o plantas se castigan con prisión de seis meses a dos años, y de dos a cinco si pueden perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales (art. 325); se suman los residuos (326), las instalaciones peligrosas (326 bis), las agravantes del art. 327 (actividad clandestina, desobediencia a la Administración, riesgo irreversible…), el funcionario que informa licencias ilegales (329), el daño grave a espacios naturales protegidos (330) y los delitos contra la flora y la fauna (arts. 332-336). Disposiciones comunes: pena superior en grado si se afecta a un espacio natural protegido (art. 338), medidas de restauración del equilibrio ecológico (art. 339) y pena inferior en grado si el culpable repara voluntariamente el daño (art. 340). Desde la LO 3/2023 el maltrato animal está en un título propio, el XVI bis (arts. 340 bis y siguientes).
Claves para el examen
- Prevaricación administrativa: inhabilitación especial de 9 a 15 años (art. 404).
- Omitir intencionadamente la persecución de delitos: inhabilitación especial de 6 meses a 2 años (art. 408).
- Desobediencia: multa de 3 a 12 meses e inhabilitación especial de 6 meses a 2 años (art. 410.1).
- No hay desobediencia si el mandato infringe de forma manifiesta, clara y terminante la ley (art. 410.2).
- Denegar auxilio pedido por un particular para evitar un delito contra la vida: inhabilitación especial de 3 a 6 años (art. 412.3).
- Cohecho para acto contrario a los deberes: prisión de 3 a 6 años (art. 419); para acto propio del cargo: 2 a 4 años (art. 420).
- Exención del particular que denuncia el cohecho solicitado: antes del procedimiento y en 2 meses (art. 426).
- Tráfico de influencias: prisión de 6 meses a 2 años, en su mitad superior si se obtiene el beneficio (arts. 428-429).
- Malversación: 2 a 6 años; más de 50.000 €, 4 a 8 años; menos de 4.000 €, 1 a 2 años (art. 432).
- Obra no autorizable en suelo especialmente protegido: prisión de 1 año y 6 meses a 4 años (art. 319.1); en suelo no urbanizable, 1 a 3 años (319.2).
- El juez puede ordenar la demolición a cargo del autor (art. 319.3).
- Derribar edificios singularmente protegidos: prisión de 6 meses a 3 años (art. 321).
- Delito ambiental básico: prisión de 6 meses a 2 años (art. 325.1).
- Espacio natural protegido afectado: penas superiores en grado (art. 338).
- Reparación voluntaria del daño en el título XVI: pena inferior en grado (art. 340).
Truco
Para el cohecho, piensa en lo que se compra: un acto «malo» (contrario a los deberes) cuesta 3-6 años; un acto «bueno» (propio del cargo) cuesta 2-4; y el simple regalo por ser quien eres, 6 meses a 1 año. Cuanto peor es lo que se vende, más cara la pena.
Vídeos recomendados
- 💥 ¡DELITOS contra la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA! Ejemplos Reales y Explicación en SOLO 5 PASOS ⚖️🔥
- Delitos contra la Ordenación del Territorio (Esp)
- Delitos contra el Medio Ambiente (Esp)
Otros temas de D) Derecho penal y procesal (23-36)
- Tema 23: El delito: circunstancias, responsables y grados de ejecución
- Tema 24: Lesiones, detenciones ilegales, amenazas y coacciones
- Tema 25: Delitos contra la libertad sexual
- Tema 26: Violencia de género
- Tema 27: Violencia doméstica y protección de la infancia
- Tema 28: Intimidad, propia imagen e inviolabilidad del domicilio
- Tema 29: Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico
- Tema 30: Trabajadores, extranjeros, incendios y salud pública
- Tema 32: Atentados, resistencia, desobediencia y desórdenes públicos
- Tema 33: Delitos de odio y discriminación
- Tema 34: La detención y el habeas corpus
- Tema 35: Procedimientos penales y juicios rápidos
- Tema 36: Delitos contra la seguridad vial y «non bis in idem»
Más de Policía Local de Castilla-La Mancha
Los 52 temas · Convocatorias de Policía Local en Castilla-La Mancha · Simulacro · Policía Local de otras comunidades · Convocatorias de toda España · Temario de Policía Nacional